concierto público, , concierto privado,
Si consideramos ciudadana a esa persona porque, en el marco de nuestra sociedad democrática, posee unos derechos y unas obligaciones, unos compromisos y una interacción con la sociedad, una capacidad de diseñar su futuro en sociedad, me parece que dicho ciudadano asistente a los conciertos no es sino un simple usuario de una parte de los derechos democráticos, y, por lo tanto, un súbdito de la democracia, al tener limitada su interacción con dicho fenómeno por no ejercitar la totalidad de opciones que la democracia le permitiría, en especial,…